Diferentes Escenarios
Sí el que retiene es persona moral y está facturando por servicios o por la venta de bienes (se aplican las reglas de retención).
En este régimen, la retención de ISR es 1.25% sobre el monto de la venta sin IVA.
Además, si la operación es con IVA, se retiene el 2/3 del IVA trasladado.
Proveedor RESICO persona moral
No se le hace retención de ISR en operaciones normales de compra de bienes o servicios.
Tampoco se le retiene IVA, salvo casos especiales (por ejemplo, arrendamiento de inmuebles donde la ley lo indique).
Proveedor RESICO persona física
Si es RESICO persona física y eres persona moral → se retiene ISR (1.25%) e IVA (2/3) según corresponda.
Cuando el grupo de socio de negocio tenga configurada una categoría de impuestos, al momento de hacer una orden de compra o factura de proveedor el sistema usa esa categoría de impuesto, para el cálculo de impuestos de los documentos.
Configuración de Proveedor RESICO:
En el caso de que a este tipo de Proveedor se le haga una Orden de compra o una factura proveedor el sistema debe de hacer la retención de impuestos:
Producto con iva: Retención de ⅔ partes del IVA y Retención del 1.25% de ISR.
Producto sin iva o iva 0: Retención del 1.25 % de ISR.
Configuración de la categoría de impuesto:
Grupo de socio de negocio
Socio de negocio perteneciente al grupo de negocio
Orden de Compra y Factura Proveedor
Entonces al momento de hacer una orden de compra o factura de alguno de los proveedores pertenecientes a ese Grupo de socio de negocio, el sistema realiza las retenciones correspondientes.
Y contabiliza aplicando las retenciones correspondientes.
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Fecha: 01 de septiembre, 2025.